Recibo de Pasantes
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PAÍS | TIPO | FORMATO | ENTE REGULADOR |
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Formulario | Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social y del Ministerio de Educación |
Se entiende como pasantía educativa al conjunto de actividades formativas que realicen los estudiantes en empresas y organismos públicos, o empresas privadas con personería jurídica, sustantivamente relacionado con la propuesta curricular de los estudios cursados en unidades educativas, que se reconoce como experiencia de alto valor pedagógico, sin carácter obligatorio.
Por establecimiento de la Ley 26.427 – Sistema de Pasantías Educativas los pasantes reciben una suma de dinero en carácter no remunerativo en calidad de asignación estímulo, que se calculará sobre el salario básico del convenio colectivo aplicable a la empresa, y que será proporcional a la carga horaria de la pasantía. En caso de haber más de un convenio aplicable, se tomará en cuenta el más favorable para el pasante. Para el caso de actividades que no cuenten con convenio colectivo, se aplicará para el cálculo de la asignación estímulo, el salario mínimo, vital y móvil, en forma proporcional a la carga horaria de la pasantía.
El aplicativo permite generar un recibo como comprobante de asignación del estimulo no remunerativo entregado a los pasantes. Se emite el recibo Original y el Duplicado.
En caso de incumplimiento por parte de la empresa de alguno de los requisitos o características que tipifican a esta especial relación, establecidos en la Ley 26.427, la pasantía perderá el carácter de tal y será considerada contrato laboral por tiempo indeterminado. En dicho caso, regirán todas las sanciones e indemnizaciones que correspondan para la relación laboral no registrada.
Para filtrar los empleados de los cuales se desea generar el recibo se utiliza el Filtro Estándar de Gestión de Nómina.
El reporte debe tener configurado el Confrep 139.